Escribi este post en Abril de 2015. Aun no tenia este blog, y no me atreví a publicarlo. El décimo aniversario del crack de Lehamn Brothers, que marcó el inicio oficial de una crisis largamente anunciada, me sirve de excusa para publicarlo ahora, tal como lo escribí hace 3 años y medio.
El 23 de julio de 1908 se aprobó la Ley de la Usura, ya hace más de un siglo. No toda la ley sigue vigente, cuatro de sus 16 artículos han sido derogados por la legislación posterior (ver http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l230708.html). Pero su artículo 1, el que define la usura, sigue en vigor: “Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales”. ¿Por qué se elaboró esta ley? Supongo que para proteger a la gente que pasaba situaciones angustiosas y sin experiencia alguna (no digo ya con facultades mentales mermadas), de la ambición desmedida de riqueza de algunos. Se considera ilegal (y reprobable) que los ricos que disponen de dinero para prestarlo, se aprovechen de las angustias de los pobres (que necesitan ese dinero desesperadamente) para enriquecerse desmedidamente a su costa.
El 23 de julio de 1908 se aprobó la Ley de la Usura, ya hace más de un siglo. No toda la ley sigue vigente, cuatro de sus 16 artículos han sido derogados por la legislación posterior (ver http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l230708.html). Pero su artículo 1, el que define la usura, sigue en vigor: “Será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso o en condiciones tales que resulte aquél leonino, habiendo motivos para estimar que ha sido aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales”. ¿Por qué se elaboró esta ley? Supongo que para proteger a la gente que pasaba situaciones angustiosas y sin experiencia alguna (no digo ya con facultades mentales mermadas), de la ambición desmedida de riqueza de algunos. Se considera ilegal (y reprobable) que los ricos que disponen de dinero para prestarlo, se aprovechen de las angustias de los pobres (que necesitan ese dinero desesperadamente) para enriquecerse desmedidamente a su costa.
Voy
a enlazar esta reflexión con otra acerca del mercado de materias primas de
Chicago. El precio de materias primas tan básicas como el trigo, algodón,
azúcar y del cacao o el café (que tanto afectan a la economía de países
ecuatoriales, muchos de ellos en vías de desarrollo) se determina en Chicago (o
Londres o Nueva York) en donde se trabaja con los llamados mercados a futuro o
mercados de futuros. Se trata de lugares (ahora virtuales, con el uso de medios
telemáticos) en los que se intercambian contratos a futuro, es decir, contratos
en los que se fija un precio por un producto que saldrá al mercado en un futuro
cercano o lejano (días, semanas o meses). La idea de este tipo de contratos es
antigua, surgió en los USA allá por 1865, y pretendía ofrecer a los
agricultores y granjeros la compra de sus cosechas futuras a un precio prefijado
con independencia de las eventualidades futuras. Los banqueros, casas de
seguros, y grandes comerciantes ofrecían a los granjeros precios bajos a cambio
de la seguridad de saber sus productos vendidos de antemano.
Pero
una vez comprado el trigo, estos agentes financieros no esperaban a que el
agricultor roturara y abonara la tierra, sembrara, cuidara y finalmente
cosechara el trigo: era mejor vender ese trigo antes de que todo esto ocurriera.
Venderlo a alguien con dinero que quisiera distribuir el trigo. A un precio
mayor, con un cierto beneficio y deshaciéndose así de los riesgos que quedaban
en manos del poseedor del producto financiero, un título de propiedad sobre una
cosecha inexistente (aun). Entramos en el terreno de la especulación, y no me
refiero sólo al pensamiento, meditación o reflexión en profundidad sobre alguna
cosa, sino a la especulación financiera. Voy a especular sobre la especulación
financiera.
Para
escribir esta entrada he buscado información sobre el tema y he encontrado una
impagable publicación de la NFA (National
Futures Association de los USA) titulada Opportunity and Risk. Con un bonito subtítulo: An Educational Guide to Trading Futures and Options of Futures.
Así que a leer, a educarme. Y esta guía nos describe cómo la especulación manda,
y ya no está en manos de particulares sino de grandes corporaciones que
controlan así el precio final de los productos. “La industria de futuros de los USA ha experimentado un crecimiento sin
precedentes en el volumen de operaciones en los últimos años, lo que refleja el
alto nivel de confianza que los clientes tienen en el mercado. Esta confianza
se debe en parte a una estructura regulatoria fuerte y eficaz que salvaguarda
la integridad del mercado y protege a los
inversores” (la traducción es mía).
Carátula del folleto de la National Futures Association de los USA sobre el Mercado de futuros.
Carátula del folleto de la National Futures Association de los USA sobre el Mercado de futuros.
Accesible online en:
https://www.nfa.futures.org/investors/investor-resources/files/opportunity-and-risk-entire.pdf
Se protege a los inversores, muchos de ellos meros especuladores, pero no a los productores ni a los consumidores. El resultado final suele ser que finalmente el producto llega al consumidor a un precio mucho mayor del que recibe el productor. El proceso de especulación en los mercados financieros es causa, en gran medida, de estas diferencias entre precios.
Eso me
recuerda dos anécdotas personales. En 2003 mi mujer y yo intentamos comprar un
apartamento para mi suegra, un piso nuevo en el que ella pasara los últimos
años de su vida en paz y tranquilidad, cerca de su familia. Las promotoras de
esa época ofrecían apartamentos nuevos, aun sin construir, a precios ya muy altos.
Sobre un plano te ofrecían un plan de pago, que incluía varios plazos: una
cantidad en el momento de firmar el precontrato, otra al acabar los cimientos, otra
al acabar la estructura del edificio, otra al cierre de la fachada, y el resto a
la entrega de llaves, cuando finalmente el piso se escrituraba y tu te acogías
a la hipoteca por subrogación. Todo el mundo sabía que el precio de los
apartamentos subiría, así que hubo gente que compraba apartamentos sobre el
plano, y vendía el precontrato antes de la escrituración con un pingüe
beneficio (y muchas veces en negro). Incluso algunos lo hacían sin dinero,
pedían el dinero prestado a un banco, que les daba crédito para una operación
tan sencilla como segura y se lo devolvían tras la operación (con lo que los
bancos obtenían también sus beneficios de la misma, por los intereses del
préstamo en los meses entre la compra y la venta). Así que la especulación
inmobiliaria de la década pasada era un poco como los mercados de futuro:
compro sobre un producto que estará disponible dentro de unos años, y vendo aun
antes de que esté disponible con un beneficio rápido y considerable, dejando
los posibles riesgos en manos del nuevo propietario del producto. La
especulación es una golosina para la ambición desmedida del enriquecimiento sin
escrúpulos.
El
resultado de la especulación inmobiliaria de aquellos años está a la vista.
Pero ya se podía prever antes de que la burbuja inmobiliaria finalmente explotara.
La ambición especulativa de la gente era tal, que muchos de los apartamentos se
vendían de inmediato sobre plano a intermediarios, y cuando una pareja joven
quería comprar realmente un piso en el que vivir, lo tenía que hacer a un
precio mayor del inicial dando beneficio a estos especuladores. Y, habiendo
dejado gran parte de sus ahorros en esta primera transacción, finalmente nuestra
joven pareja se subrogaba a una hipoteca por un monto exorbitante para 30 o 40
años, casi para el resto de sus vidas. El resto de la historia ya lo conocéis.
Segunda
anécdota. A pesar de que finalmente compramos un piso de segunda mano para mi
suegra, conseguimos tras años y años de trabajo y con una vida austera rayando
en lo espartano, ahorrar unos dineros. Los bancos nos sugerían productos
financieros en los que invertir esos ahorros. Un día hablé con un asesor del
banco en el que tenía mis ahorros, que se ofreció a aconsejarme sobre cómo
invertirlos. Le dije que no quería invertir en productos especulativos, que
quería invertir en empresas que generaran un bien o servicio directo y empleo,
por ejemplo en energía eólica, biotecnología o reciclaje. Me miró con condescendencia,
como quien mira a un ignorante con ideas pueriles, y me dijo que invertir en
empresas era un error, que estaban muy endeudadas y corría riesgos
innecesarios, que era mejor invertir en fondos de inversión[1].
Que los fondos de inversión eran entidades gestionadas por profesionales que
usarían mi dinero para obtener beneficios, que al fin y al cabo era lo que yo
quería. Fue muy clarificador. De inmediato pensé que entraba en un juego
peligroso en el que mis ahorros podían emplearse de forma poco ética para
empobrecer al productor, y que yo sería parte de esos especuladores a los que íntimamente
despreciaba. Seguramente el asesor tenía razón, y mi postura era pueril, porque
el mundo de las finanzas, no nos engañemos, es el mundo de la especulación. No
tiene ética.
Y
vuelvo al inicio. La usura fue prohibida a principios del siglo XX porque había
sido causante del sufrimiento de personas sin recursos que necesitaban
desesperadamente dinero para sobrevivir. Ha pasado más de un siglo y una crisis
financiera sin precedentes ha dejado a un 25 % de la población sin trabajo, a
una generación de jóvenes, la más preparada de nuestra historia, sin futuro (lo
único que tiene la juventud, el futuro, se lo hemos robado) con un 55% de paro juvenil
que ha generado una nueva corriente migratoria hacia Europa[2].
Ha provocado un incremento de la desigualdad social con un fuerte aumento del
número de hogares sin ingresos y del porcentaje de familias que viven por debajo
de lo que se considera el umbral de la pobreza.[3]
Mi
pregunta es si esta crisis no se podría haber evitado poniendo límite a la
especulación. Necesitaríamos un concepto paralelo al de usura para la
especulación. Si bien no existe una
cifra concreta que la defina, el término usura califica el cobro de intereses
excesivos en préstamos “un interés
notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado
con las circunstancias del caso” según la ley de 1908. Se admite que cobrar un interés por un
préstamo es lícito, pero que hay un límite por encima del cual se considera
usura y es ilícito. Del mismo modo hay que asumir que en toda transacción
financiera hay beneficios que son en cierta medida especulativos. Quien compra
un producto para revenderlo o distribuirlo a un precio superior, en cierto modo
está especulando. Pero es el juego de la economía, y es lícito. ¿Hasta qué
límite? ¿cuál es el concepto equivalente a la usura en el mundo de la
especulación? ¿cuántas veces puede cambiar un producto de manos antes de llegar
al consumidor? ¿cuánto tiempo puede pasar entre una transacción y la siguiente?
¿cuánto se puede incrementar el precio en esas transacciones?.
A pesar
de mi declarada ignorancia en economía y finanzas, estas ideas que bullen en mi
cabeza desde hace muchos años, se vieron reforzadas por la noticia publicada en
Julio de 2012, cuando España e Italia estaban acosadas por el incremento
alarmante de la famosa prima de riesgo:
España
e Italia prohíben las operaciones a corto en los mercados
Con esta decisión, las autoridades españolas
e italianas pretenden poner freno a las acciones más especulativas del mercado.
"La situación de extrema volatilidad que atraviesan los mercados de
valores europeos, podría perturbar su ordenado funcionamiento y afectar al
normal desenvolvimiento de la actividad financiera", explica la CNMV en
una nota de prensa. Público, 23/07/2012.
Me pregunto si, del mismo modo que la especulación a corto perjudicaba la obtención de dinero a los Estados, no lo hará a los ciudadanos particulares. Pero ¿quién defiende a los ciudadanos?. Si el concepto de especulación abusiva existiera y si ésta se considerara ilícita, gran parte de las transacciones que se han hecho y se siguen haciendo actualmente, y que explican el desastre económico en que nos encontramos, podrían ser combatidas legalmente.A menudo se critican este tipo de propuestas como intrusiones en la sacrosanta economía del libre mercado, reveladoras de un ingenuo izquierdismo postcomunista. Poniendo la venda antes de la herida, os recuerdo que la Ley de Usura tiene más de un siglo y que no es sospechosa de ser pro-bolchevique. Aunque quizás estas reflexiones sean fruto de mi mente torturada y de mi ignorancia en economía. Quizás
[1]Años después supe por documentales, cómo los
asesores financieros de las entidades bancarias sencillamente tenían la orden
de vender determinados productos, independientemente de los intereses de los
ahorradores. Cuando vi el documental, me acordé de inmediato del asesor que me
atendió en aquella ocasión
[2] No puedo olvidar las declaraciones de la secretaria general de
Inmigración y Emigración, Marina del Corral, que atribuyó la emigración de tantos
jóvenes españoles "al impulso aventurero de la juventud". Y aun menos
la declaración del ministro de Exteriores Alfonso Dastis acerca de los
beneficios de la emigración juvenil.
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